LA JUSTICIA
La justicia
(del latín, Iustitia) es la concepción
que cada época y civilización tiene acerca del sentido de sus
normas jurídicas. Es un valor determinado por la sociedad. Nació de la
necesidad de mantener la armonía entre sus integrantes. Es el conjunto de
reglas y normas que establecen un marco adecuado para las relaciones entre personas
e instituciones, autorizando, prohibiendo y permitiendo acciones específicas en
la interacción de individuos e instituciones.
Este conjunto
de reglas tiene un fundamento cultural y en la mayoría de sociedades
modernas, un fundamento formal:
- El fundamento cultural se basa en un consenso amplio en los individuos de una sociedad sobre lo bueno y lo malo, y otros aspectos prácticos de como deben organizarse las relaciones entre personas. Se supone que en toda sociedad humana, la mayoría de sus miembros tienen una concepción de lo justo, y se considera una virtud social el actuar de acuerdo con esa concepción.
- El fundamento formal es el codificado formalmente en varias disposiciones escritas, que son aplicadas por jueces y personas especialmente designadas, que tratan de ser imparciales con respecto a los miembros e instituciones de la sociedad y los conflictos que aparezcan en sus relaciones.
·
La justicia
es algo más que un meritorio rasgo de la personalidad, es una meritoria
dimensión de las relaciones sociales. Una práctica o sistema social, así como
determinadas interacciones sociales, puede ser justa o injusta. Es una
obligación que tenemos respecto de toda persona a vivir sin violencia.
·
Los derechos
de unos interactúan con las obligaciones de otros. La justicia se encuentra
ligada al destino de los grupos sociales, pobres, huérfanos, viudas y
oprimidos, según el Antiguo Testamento, que también menciona “… corra el juicio
sobre las aguas y la justicia como impetuoso arroyo”, y eso es lo que
desearíamos, pero hay que reconocer que no hemos honrado los derechos legítimos
de los seres humanos.
·
Las
obligaciones y los derechos son de esta manera, las dos caras de la misma
moneda. Para ser justa, una sociedad debería integrar a todas sus personas
desvalidas, vulnerables, marginadas, dándoles una voz y una participación justa
en los beneficios de la comunidad.
·
Como
contraste, Platón al hablar en La República o el Estado de la justicia social,
no tuvo en cuenta a las viudas, los huérfanos y los extranjeros. Según Platón,
una sociedad es justa cuando son los sabios los que ostentan la autoridad y
cuando los demás obedecen.
·
Tampoco John
Locke, en su Segundo Tratado sobre Gobierno Civil, un clásico, concede una
atención especial a los miembros marginales de la sociedad, afirmando que una
sociedad es justa cuando cada persona es libre de perseguir la buena vida tal y
como le parezca adecuado, siempre que todos los demás disfruten de la misma
libertad para ello.
·
En todo
esto, los derechos humanos tienen una importancia vital, la idea se centra en
algo a lo que la persona tiene derecho meramente por ser lo que es, un ser
humano o humana.
·
Emil
Brunner, teólogo suizo en su obra Justicia y el Orden Social, es muy juicioso:
“Admitamos que fue el punto de vista cristiano respecto a la vida, combinado
con el estoico, el que creó la idea de esa dignidad idéntica que poseen todos
los seres humanos”
·
En este
documento, se señala que la mayoría de los casos de asesinatos de mujeres en
Ciudad Juárez están resueltos. Estas cifras no son coincidentes con las que
refiere la Procuraduría de Chihuahua ni con los informes de la ex Fiscal
Especial para el caso, María López Urbina.
·
Incluso la
doctora Roccatti, como nueva Fiscal Especial tampoco coincide con las cifras
señaladas por el Presidente Fox. Además, el concepto de “caso resuelto” debería
sustituirse por consignados ante un juez, ya que tampoco se concluye un caso si
no hay sentencia, y reparación del daño.
·
La falta de
coincidencia de las cifras es debida, de manera fundamental a que cada entidad
los clasifica de manera distinta; lo que para unos es crimen pasional para
otros es violencia doméstica, así como que en las muertes violentes se hallan
muertes por homicidio, suicidios y accidentes.
·
Es de
lamentar que en el país es difícil evaluar a fondo el comportamiento de la
criminalidad, ya que las estadísticas que existen no reflejan el fenómeno en
toda su magnitud, además del problema del subregistro, de la confusión en los
nombres, entre otros.
·
Las
trasgresiones perpetradas a las normas y leyes, por un individuo o grupo de
individuos en contra de cualquier otro integrante de la sociedad, son
consideradas como un acto que violenta los derechos básicos propios de
cualquier nivel de acción de la esfera social y, por tanto, articulan la violencia
social.
·
La
delincuencia es por demás un aspecto de la violencia social que aqueja de
manera creciente a nuestra sociedad. Por esto la población mexicana demanda un
alto a la impunidad, el esclarecimiento de la verdad y una mayor atención en la
seguridad pública por parte de las autoridades del gobierno de la República,
así como de las locales.
·
Justicia
retributiva o retribucionismo
es una teoría de la
justicia -y más en concreto una teoría de la
pena- que sostiene que el castigo
proporcionado es una respuesta moralmente aceptable a la falta o crimen,
independientemente de que este castigo produzca o no beneficios tangibles.
·
En ética y
derecho, el "principio de proporcionalidad de la pena" afirma que la
severidad de la pena debe ser razonable y proporcional a la gravedad de la
infracción. El concepto está presente en la mayoría de las culturas del mundo.
Por ejemplo, en la ley de Moisés, específicamente dentro del Deuteronomio 19:17-21, que incluye los castigos de
"vida por vida, ojo por ojo, diente por diente, mano por mano, pie por
pie" (en suma, "medida por medida", "middah ke-neged
middah"). Sin embargo, el principio de proporcionalidad de la pena no
necesariamente exige que el castigo sea equivalente a la falta, como en la
anterior Ley del
Talión.
·
Los
filósofos del derecho
penal han contrastado el
retribucionismo con el utilitarismo. Para los utilitaristas, la pena tiene una
finalidad teleológica, justificada por su capacidad para alcanzar
beneficios futuros, por ejemplo la reducción de los índices de criminalidad, o prevencionismo. Para los retribucionistas, en cambio, el
castigo tiene un carácter retrospectivo, acorde con la conducta criminal del
pasado que se castiga, y estrictamente destinado a sancionar de acuerdo con la
gravedad de dicha conducta. La gravedad de la conducta criminal puede
calcularse, según los retribucionistas, por el nivel de daño causado, la
cantidad de ventaja injustamente adquirida o por el "desequilibrio
moral" provocado.
La justicia
distributiva, para Aristóteles, tiene que ver con lo que es justo o correcto con respecto a la asignación de bienes en una
sociedad. Los principios de la justicia distributiva son principios
normativos diseñados
para guíar la asignación de los beneficios y las cargas de la actividad
económica. A menudo se le contrasta con la
justicia
retributiva, la cual se
concentra en la proporcionalidad de los resultados y las consecuencias, y con
la justicia
procedimental la cual
tiene que ver con la justicia de los procesos, tales como en la adiminstración
de la ley. El teórico contemporáneo más prominente de la justicia distributiva
es el filósofo John Rawls. La justicia distributiva considera la distribución de bienes y
servicios entre los miembros de la sociedad en un momento específico y en base
a esto determina la aceptabilidad de las condiciones resultantes. Por ejemplo,
al evaluar una situación examinado los niveles de vida según la riqueza absoluta o los patrones de distribución de la riqueza se está
pensando en términos de justicia distributiva. En general, los proponentes del igualitarismo se apoyan en nociones de la justicia
distributiva, sin embargo no todos los proponentes de teorías consecuencialistas se interesan por resultados equitativos en
la sociedad.
Ejemplos de
justicia distributiva en las políticas
Muchos
gobiernos se enfrenta a cuestiones de justicia distributiva, especialmente en
países donde existen tensiones étnicas o poblaciones minoritarias en áreas
geográficas aisladas. La Sudáfrica post-apartheid es un ejemplo de un Estado
enfrentado a problemas de re-asignación de recursos en un marco de justicia
distributiva. Aunque de diferente manera, cuestiones similares son también
relevantes en Israel donde aproximadamente el 92% de la
tierra es administrada por el Estado, parte de la cual pertenece a la
organización al Jewish National Fund (K.K.L.), y se han producido conflictos con la Association for Distributive Justice in Israel, entidad que se encarga
específicamente de tales temas.
La equidad
(del latín "aequitas", de "aequus", igual; del griego
"͗επιεικεία",
virtud de la justicia del caso en concreto), según la definición de la Real Academia Española, la cual posee diferentes definiciones que a continuación se le muestran:
- Sinónimo de Igualdad.
- Bondadosa templanza habitual. Propensión a dejarse guiar, o a fallar, por el sentimiento del deber o de la conciencia, más bien que por las prescripciones rigurosas de la justicia o por el texto terminante de la ley.
- Justicia natural, por oposición a la letra de la ley positiva.
- Moderación en el precio de las cosas, o en las condiciones de los contratos.
- Disposición del ánimo que mueve a dar a cada uno lo que merece.[1] Este ideal está íntimamente enlazado con el precepto exclusivamente jurídico de Ulpiano en sus "Tria Praecepta Iuris (tres principios del derecho), el suum cuique tribuere (dar a cada uno lo suyo).
Al margen de la
RAE, existen autores que sostienen que significa benevolencia en la aplicación
de consecuencias jurídicas[2
Se llama género al conjunto de
diferencias sociales entre los sexos que son mujeres y hombres, partiendo de
los roles, creencias y valores que a cada uno(a) de los sexos se les asignan
culturalmente diferenciados entre sí.La equidad de género significa que mujeres y hombres, independientemente de sus diferencias biológicas, tienen derecho a acceder con justicia e igualdad al uso, control y beneficio de los mismos bienes y servicios de la sociedad, así como a la toma de decisiones en los ámbitos de la vida social, económica, política, cultural y familiar. Es la aceptación de las diferencias entre hombres y mujeres, y la aceptación también de derechos, buscando el ideal de un equilibrio en el que ninguno de ambos sexos se beneficie de manera injusta en perjuicio del otro. La equidad de género esta muy presente en la humanidad desde los inicios de la vida social, económica y política. Desde aquel entonces la mujer no tenía derecho a ser escuchada, ni a opinar, ni mucho menos a ser parte de una familia y sociedad.
En ese contexto, la existencia de trabajo decente,
precisa de:
* La promoción de los derechos fundamentales de los trabajadores, relativos estos a la mejora continua de las condiciones de trabajo, a la libertad de sindicalización y a la libertad de contratación colectiva.
* Además, se requiere de una política de acceso a trabajo productivo, o sea promoción de empleo de calidad tanto en sus formas como en sus condiciones, que se de en igualdad de oportunidades para hombres y mujeres independiente de sus edades y credos; así como que promueva y facilite el desarrollo de competencias laborales.
* Es importante que se asegure la calidad humana del trabajador, para ello se debe tener políticas previsionales que promuevan la Seguridad social, en lo relativo a la salud, los riesgos laborales, la cesantía y la perdida de los medios de subsistencia de los trabajadores.
* También, debe ser promovido el Diálogo Social, que haga a los trabajadores y sus organizaciones sujetos del desarrollo, que les asegure su autonomía frente a otros actores sociales, sean estos políticos o económicos, que les de participación activa y reconozca su interlocución en el trato de los problemas que los aquejan y la búsqueda concertada de soluciones.
Ahora bien, siendo el trabajo decente un derecho humano y social, reconocido por nuestra Constitución y por los Convenios de la OIT, y otros foros, este, no se puede desarrollar si no existen condiciones de LIBERTAD, tanto de organización como de contratación, sin que las reglas del juego estén determinadas, en el mercado de trabajo salvadoreño, por el capital.
Se requiere igualmente, que exista EQUIDAD, en lo salarial, justa remuneración, incrementar la productividad y acceder a una mayor participación de los trabajadores en la distribución de los beneficios.
Es preciso que haya SEGURIDAD, en lo económico, lo social y lo jurídico, para poder tener sostenibilidad del desarrollo. Se debe contar con un marco que asegure la DIGNIDAD de los trabajadores, eliminando las prácticas inhumanas de trabajo, promoviendo valores de equidad, solidaridad y responsabilidad.
* La promoción de los derechos fundamentales de los trabajadores, relativos estos a la mejora continua de las condiciones de trabajo, a la libertad de sindicalización y a la libertad de contratación colectiva.
* Además, se requiere de una política de acceso a trabajo productivo, o sea promoción de empleo de calidad tanto en sus formas como en sus condiciones, que se de en igualdad de oportunidades para hombres y mujeres independiente de sus edades y credos; así como que promueva y facilite el desarrollo de competencias laborales.
* Es importante que se asegure la calidad humana del trabajador, para ello se debe tener políticas previsionales que promuevan la Seguridad social, en lo relativo a la salud, los riesgos laborales, la cesantía y la perdida de los medios de subsistencia de los trabajadores.
* También, debe ser promovido el Diálogo Social, que haga a los trabajadores y sus organizaciones sujetos del desarrollo, que les asegure su autonomía frente a otros actores sociales, sean estos políticos o económicos, que les de participación activa y reconozca su interlocución en el trato de los problemas que los aquejan y la búsqueda concertada de soluciones.
Ahora bien, siendo el trabajo decente un derecho humano y social, reconocido por nuestra Constitución y por los Convenios de la OIT, y otros foros, este, no se puede desarrollar si no existen condiciones de LIBERTAD, tanto de organización como de contratación, sin que las reglas del juego estén determinadas, en el mercado de trabajo salvadoreño, por el capital.
Se requiere igualmente, que exista EQUIDAD, en lo salarial, justa remuneración, incrementar la productividad y acceder a una mayor participación de los trabajadores en la distribución de los beneficios.
Es preciso que haya SEGURIDAD, en lo económico, lo social y lo jurídico, para poder tener sostenibilidad del desarrollo. Se debe contar con un marco que asegure la DIGNIDAD de los trabajadores, eliminando las prácticas inhumanas de trabajo, promoviendo valores de equidad, solidaridad y responsabilidad.
no me sirvio para nada y es mi tarea ya mañana y no encuentro absolutamente nada
ResponderEliminar???????????????????
ResponderEliminarno entendi nada, haganlo mas facil no a todos se nos da!!!
si entendieras bien el concepto verias que los ejemplos solitos salen de tu cabeza con solo analizar a tu familia
ResponderEliminarMuchas grasias si me sirvio
ResponderEliminarmejor veo videos esto no me ayuda
ResponderEliminarMuchas gracias me sirvio muchisimo me pusieron 10 en mi tarea
ResponderEliminarno te explican lo que estas buscando mal servicio
ResponderEliminarEXCELENTE! La persona de esta página, APLAUSOS! Muy bien hecha solo falto algo del utilitarismo social, pero esta perfecta.
ResponderEliminarno le entiendo nada pero de todas maneras gracias
ResponderEliminarMe sirvió pero no mucho más de lo que ya sabía. Estaría genial que le agregaras mas info. Igual, gracias.
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